La gestación subrogada o ‘vientre de alquiler’ es una técnica de reproducción asistida prohibida en nuestro país. Pero algunos responsables de clínicas españolas consideran que sería una buena opción para mujeres sin útero o con enfermedades congénitas.
Los responsables del IVI apoyan un cambio en la Ley 14/2006 que permita la aprobación de la gestación subrogada. En su artículo 10, el texto afirma: «Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero».
A pesar de ser ilegal, hay ciertos famosos con más de 80.000€ en su cuenta que han conseguido un vientre de alquiler. También lo han hecho personas que no tenían ninguna otra opción para ser padres: parejas homosexuales y mujeres sin útero o que padecen una patología en la que el embarazo está contraindicado. «Al final, si quieren hacerlo, lo hacen», afirma Antonio Pellicer, jefe de Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital La Fe de Valencia y copresidente del IVI.
Según el director de IVI Sevilla, Manuel Fernández, los centros de reproducción asistida en España son muy conscientes de esta prohibición y por eso no hablan de tal posibilidad a sus pacientes. Eso sí, añade que tanto él como sus compañeros médicos «apoyarían que se legalizara en España porque es una técnica que beneficia a mujeres que no tienen útero». En este sentido, se muestran a favor de un cambio en la Ley.
Fue en 1988 cuando se publicó en España la primera Ley de Reproducción Asistida en la que se prohibía la práctica del ‘vientre de alquiler’. Fue así debido a «varios casos escandalosos que hubo en Estados Unidos en los inicios de la técnica, por temas de falta de intimidad y casos de madres de alquiler que reclamaban a sus hijos tras haberlos cedido a sus padres», explica Pellicer. Pero hoy por hoy estas circunstancias están del todo controladas en Estados Unidos. Así pues, los españoles que quieren tener un hijo mediante esta técnica tienen que ir al país estadounidense o bien a India o Ucrania. En Reino Unido y Holanda, la opción también es viable pero con muchas restricciones.
Y es que según Pellicer, en el caso que se aprobara la gestación subrogada en nuestro país, tendría que haber restricciones. Habría que acotar muy bien los casos en los que se podría optar a esta técnica: mujeres sin útero, por enfermedades congénitas como el síndrome de Rokytansky; afectadas por formas graves y no controladas de diabetes infarto-juvenil u otras patologías que desaconsejen la gestación y aquellas mujeres que, tras intentar y fracasar con las técnicas de reproducción asistida autorizadas actualmente, no tengan otra forma de ser madres.
Pero a Pellicer le preocupa la mercantilización, por eso tiene claro que, al menos en un primer momento, las madres que cedieran su útero tendrían que ser familiares de las afectadas por infertilidad, aunque destaca que esa es una opinión personal.
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